La Corte IDH reconoce el derecho humano al cuidado por primera vez

El 7 de agosto de 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dictó la Opinión Consultiva 31/25 en respuesta a una solicitud presentada por la República Argentina.

Por primera vez, el tribunal reconoció explícitamente el derecho al cuidado como un derecho humano autónomo, con implicancias directas en la vida cotidiana de todas las personas.

¿Por qué se planteó la consulta?

En enero de 2023, el Estado argentino solicitó al Tribunal una definición sobre el alcance del derecho al cuidado y su relación con otros derechos humanos. Durante el proceso se recibieron más de 120 aportes de Estados, organismos internacionales, universidades, organizaciones civiles y personas interesadas.

Tras audiencias públicas realizadas en 2024, la Corte concluyó que el cuidado es una necesidad universal e ineludible, derivada del ciclo vital y de las contingencias propias de la vida, como la enfermedad o la vejez.

Los ejes principales de la decisión

  • El derecho al cuidado incluye tres dimensiones: recibir cuidados, cuidar a otros y el autocuidado.
  • Este derecho está vinculado con la autonomía, la dignidad y la participación social.
  • Se reconoce la responsabilidad compartida entre individuos, familias, Estado y comunidad para garantizarlo.
  • La distribución inequitativa de las tareas de cuidado constituye una forma de discriminación estructural contra las mujeres.

Implicancias para los Estados

La Corte señaló que los gobiernos deben implementar sistemas integrales de cuidado y políticas públicas que promuevan la corresponsabilidad social y familiar. Además, recordó que el cuidado tiene un valor económico y social que debe ser reconocido.

En palabras del Tribunal: “El cuidado es una actividad humana con valor intrínseco, esencial para la cohesión social y el ejercicio de otros derechos fundamentales”.

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